Norma de Información Financiera D-3

Introducción

El 29 de agosto el Consejo Mexicano para la Investigación y Desarrollo de Normas de Información Financiera (CINIF) emitió la Norma de Información Financiera D-3 “Beneficios a los empleados” (NIF D-3), la cual entró en vigor el 1 de enero de 2008 y sustituyó al Boletín D-3 “Obligaciones Laborales”. Si bien dicho Boletín ha tenido modificaciones, los cambios que involucró la NIF D-3 son, por mucho, los más significativos desde 1993, año en que fue emitido el mencionado Boletín.

Estos cambios obedecieron a una tendencia global, en donde se exigó una mayor transparencia en cuanto a la revelación de pasivos laborales. La NIC-19, que es la Norma Internacional de Contabilidad relacionada a pasivos laborales, tuvo su última modificación en 2004 para entrar en vigor en 2006. De la misma manera, el FAS-87 de los principios de contabilidad en Estados Unidos, tuvo su última modificación en 2006 con entrada en vigor a partir del 31 de diciembre de 2006 (FAS-158).

La NIF D-3 se apegó más a las Normas Internacionales (NIC-19) que a los Principios Contables de Estados Unidos (FAS-158).

Algo muy importante que la NIF D-3 incluyó son los criterios que las empresas deben considerar para el reconocimiento del pasivo:

  1. Que exista una obligación presente, legal o asumida, de efectuar pagos por beneficios a los empleados, en el futuro, como consecuencia de sucesos ocurridos en el pasado.
  2. Que la obligación de la entidad con los empleados sea atribuible a servicios ya prestados y, por ende, dichos derechos estén devengados.
  3. Que sea probable el pago de los beneficios.
  4. Que el monto de los beneficios pueda ser cuantificado de manera confiable.

 

En caso de que ciertos beneficios no alcancen todas las condiciones previstas en el párrafo anterior, la empresa debe estimar la posible contingencia acumulada y revelarla.

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